Asunto: Moratoria y auditoría de la deuda pública.
La deuda pública y el pago de sus intereses ocupan ya una parte más que importante en la distribución de los presupuestos generales del Estado y en los del País Valencià. Esta deuda afecta de forma negativa, y mucho, a los servicios que prestan los ayuntamientos. A ello se añade que también los mismos ayuntamientos, no sabemos hasta qué punto a consecuencia de lo anterior o como consecuencia de una gestión inadecuada de los recursos, han ido endeudándose. En concreto, a fecha 01.01.2013 la deuda del Ayuntamiento de Valencia con entidades financieras ascendía a 964.114.064,84 €, previéndose en el presupuesto el pago de un total de 41.392.310,00 € en concepto de intereses, más 78.668.190,00 € en concepto de amortización de capital, sumando un total de 120.060.500,00 €, es decir, un 16%.
Sabemos que esta deuda no deriva y ni siquiera guarda una relación con el gasto en servicios públicos estatales, del País Valencià o municipales, como es el caso del Ayuntamiento de Valencia. Además, los títulos de deuda pública para rescatar a bancos y empresas en quiebra, suscritos con los entidades y agencias financieras privadas, conllevan condiciones onerosas dictadas por una prima de riesgo que es controlada por agentes especuladores.
Es conocido, por otra parte, que bancos y demás organismos financieros prestamistas imponen programas de austeridad y aceleran los procesos de privatización de los servicios públicos. Estos «programas» y privatizaciones son causa de graves padecimientos, desempleo, disminución de ingresos, perdida del derecho al desarrollo personal y aumento de la mortalidad. Además, en base a esta deuda externa se cancelan las ayudas a aquellos países del sur con los que mantenemos una deuda por nuestra responsabilidad en su subdesarrollo social, ecológico y humano.
Como ha reconocido el Experto Independiente de las Naciones Unidas sobre los efectos de la deuda externa en su informe de 13.08.2012, «las cargas excesivas de deuda externa tienen un impacto negativo en la realización de los derechos humanos y el desarrollo en los países deudores a través de la desviación de recursos de los servicios sociales básicos y a través de las condiciones adjuntas a los mecanismos internacionales de alivio de la deuda». Y así mismo, la Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos del las Naciones Unidas en sesión de 5 de julio de 2012 «Recuerda que todo Estado tiene la responsabilidad primordial de promover el desarrollo económico, social y cultural de la población y, a tal efecto, tiene el derecho y la obligación de elegir sus objetivos y medios de desarrollo y no debe verse condicionado por fórmulas específicas de política económica externas» y «Afirma que, desde el punto de vista de los derechos humanos, la liquidación de deuda con fondos oportunistas en condiciones abusivas tiene un efecto negativo directo en la capacidad de los gobiernos para cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos, en especial los derechos económicos, sociales y culturales».
Sabemos que una parte de esta deuda puede tener un origen que no es legítimo, ya que se basa en rescates financieros que anteponen los beneficios de unos pocos a los de la mayoría, surge de unas políticas fiscales injustas para la mayoría, y utiliza unos mecanismos financieros que no tienen más justificación que la de conceder preponderancia económica, política y social a bancos y otros organismos financieros.
En consonancia con estas políticas, la Constitución del estado español ha sido reformada de forma urgente, en agosto de 2011, con el objetivo de dar prioridad absoluta al pago del servicio de la deuda por encima de las obligaciones relativas a las necesidades básicas de la ciudadanía. Con ello, el gobierno del Estado español ha contraído con los acreedores financieros, y bajo la presión de estos, la obligación de priorizar el pago de la deuda pública sobre cualquier otra partida de gasto, forzando a los ayuntamientos y comunidades autónomas al cumplimento de este mismo compromiso. Al mismo tiempo, ha impuesto un techo de déficit del 3% del PIB que comenzará el 2014 -con la previsión de disminuirlo al 0.5% más adelante-, de imposible cumplimiento sin que afecte a la cobertura de bienes y derechos básicos de la ciudadanía, y con un reparto del esfuerzo que penaliza a las administraciones territoriales, incapaces de atender así al pago a sus proveedores y de dotar los servicios de bienestar social y de proximidad que son de su competencia.
Con ello, se vulneran convenios internacionales suscritos por el Estado español, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que califica los bienes básicos de la ciudadanía –salud, educación, alimento, seguridad económica y vivienda– como derechos universales e inalienables y, por tanto, de obligada tutela por los Estados, por encima de otros derechos de interés secundario o de grupo.
El Pacto por la Estabilidad y el Crecimiento de la UE, que el gobierno utilizó para justificar el cambio constitucional, no está cumpliendo con los objetivos de garantizar el empleo y contener la deuda. El Estado español ha firmado unas reglas de juego que, por otra parte, han aumentado las desigualdades sociales, haciendo más ricos a los ricos y aumentando el nivel de pobreza de la mayoría. Por todo ello, este Pacto debería considerarse nulo de pleno derecho.
No podemos olvidar que toda operación de crédito acarrea un riesgo que debe de ser asumido por el prestamista. Sin embargo, la reforma constitucional ha anulado ese riesgo, trasladando las pérdidas de los prestamistas a los contribuyentes que las pagan con sus impuestos y, de forma diferida, a partir de la emisión de bonos de Deuda pública. Estas emisiones de Deuda pública soportan el sobrecoste de la cobertura del riesgo, cuando, éste, de iure, no existe para el bonista y, por ello, pueden considerarse emisiones en fraude de ley.
La reestructuración de la deuda y las quitas son prácticas reconocidas en la legislación internacional, y sabemos que la cancelación de las deudas ilegítimas han sido posibles en el pasado, tanto en Europa como en países en vías de desarrollo, y que dicha cancelación se relaciona con un alivio inmediato de las necesidades básicas de la población. La anulación de este derecho al sector público mientras se le permite al sector privado debemos considerarla dolosa, por lo que esta renuncia, incluida en la última reforma constitucional es una clausula leonina y de aplicación ilegítima.
EUPV asume y comparte las reivindicaciones de la Plataforma Auditoría Ciudadana de la Deuda, expresadas en esta moción y por ello, el concejal que subscribe, en su nombre y en nombre de Esquerra Unida formula las siguientes
PROPUESTAS DE ACUERDO
1. Que la ordenanza fiscal del año 2014 contemple una revisión de los impuestos municipales, con el objetivo de hacerlos realmente progresivos en función de la renta y aliviar a los sectores más excluidos de la población.
2. Declarar una moratoria inmediata en el pago de la deuda financiera del Ayuntamiento.
3. Realizar la Auditoría de la deuda del Ayuntamiento, y para ello establecer una Comisión Independiente y Ciudadana de Auditoria de las deudas municipales basada en la apertura de todos y cada uno de los contratos establecidos con particulares, exponiendo sus condiciones y resultados al escrutinio público.
4. Como resultado de la auditoria ciudadana, y una vez garantizada la cobertura de los servicios públicos y las prestaciones sociales, de salud, educación, alimento, vivienda, seguridad económica y ecológica, establecer con los acreedores la reestructuración de la deuda legítima del Ayuntamiento.
5. Exigir una moratoria inmediata en el pago de las deudas financieras de las administraciones públicas estatal y de País Valencià.
6. Exigir la realización de una auditoría bajo control ciudadano de la deuda financiera de las administraciones públicas, que permita depurar aquella que sea reconocida como ilegítima, para su quita o condonación sin condiciones, y la consecuente exigencia de responsabilidades civiles o penales a las partes que contrajeron esta deuda.
7. Exigir la derogación de la reforma constitucional de agosto de 2011 y reconocer, de forma explícita, la primacía del gasto social sobre el pago de la deuda y de sus intereses.
8. Como resultado de la auditoria ciudadana, exigir a las administraciones central y de País Valencià, que una vez garantizada la cobertura de los servicios públicos y las prestaciones sociales, de salud, educación, alimento, vivienda, seguridad económica y ecológica, se establezca con los acreedores la reestructuración de la deuda legítima.
Valencia, 21 de junio de 2013
Descargar pdf
Apoyan la MOCIÓN, para su presentación y aprobación las siguientes organizaciones y colectivos:
– PAH València
– PAH Horta Sud
– Construyendo la Izquierda (CLI)
– Plataforma Socialistas a la Izquierda (PSI)
– Intersindical Valenciana
– Cercle Obert de Benicalap
– Plataforma En Defensa De Las Desempleadas (Comunidad Valenciana)
– Plataforma Social De Aldaia
– Plataforma Social Del Barrio Del Cristo
– Plataforma De Afectados Por Los Incendios (Comunidad Valenciana)
– Asociación de Vecin@s de Aldaia
– barriodelcarmen.net
– Esquerra Unida del País Valencia
– ATTAC País Valencià
– Esquerra Anticapitalista
– Compromís Valencia
-SETEM Comunitat Valenciana
Vídeo de la presentación al pleno del Ayuntamiento de Valencia: